
("la pol¨ªtica") garantiza que la Organizaci¨®n funcione de manera abierta, transparente y justa, y proteja a aquellos que informan de conductas indebidas (cualquier violaci¨®n de las normas y reglamentos de la Organizaci¨®n por parte de los miembros del personal), ofensas (actos perjudiciales para los intereses, el funcionamiento o la gobernanza de las Naciones Unidas), o coopere con auditor¨ªas e investigaciones debidamente autorizadas.
Bajo esta pol¨ªtica, las denuncias y la cooperaci¨®n se consideran "actividades protegidas". Para recibir protecci¨®n cualquier denuncia debe hacerse lo antes posible (nunca m¨¢s tarde de seis a?os desde que sucediera la mala conducta) y estar motivada de buena fe. Para ser considerada actividad protegida, un informe de mala conducta debe incluir informaci¨®n o evidencia que respalde el convencimiento razonable de que ocurri¨®. En condiciones muy espec¨ªficas y limitadas, la protecci¨®n contra represalias puede extenderse a las personas que informan de conductas inapropiadas a trav¨¦s de mecanismos externos.
Por represalia entendemos cualquier acci¨®n perjudicial, directa o indirecta, que afecte negativamente a su empleo y/o condiciones de trabajo; y/o cuando dicha acci¨®n haya sido incitada a terceros, amenazada o realizada con el prop¨®sito de castigarlo, intimidarlo o herirlo porque particip¨® en una actividad protegida. Para iniciar el proceso de protecci¨®n, se debe enviar una solicitud a la Oficina de ?tica dentro de los seis meses posteriores a la represalia.
Seg¨²n la pol¨ªtica, la Oficina de ?tica mantiene la confidencialidad de todas las comunicaciones recibidas por los reclamantes que solicitan protecci¨®n. No discutiremos la situaci¨®n con terceros sin recibir su consentimiento previo. Adem¨¢s, la b¨²squeda de protecci¨®n de la Oficina de ?tica no le impide explorar recursos en otras oficinas de la ONU cuando corresponda.
Las represalias por actividades que no est¨¢n "protegidas" bajo esta pol¨ªtica (por ejemplo, la solicitaci¨®n de una evaluaci¨®n administrativa, testificar ante un tribunal administrativo de la ONU, buscar la asistencia del Defensor del Pueblo, estar en desacuerdo con las decisiones administrativas, etc.) tambi¨¦n pueden equivaler a conducta prohibida o mala conducta. Si esto se demostrara, se puede acoger a la protecci¨®n o amparo bajo otras pol¨ªticas.
El mandato de la Oficina de ?tica incluye:
- El recibimiento de quejas de represalias y la realizaci¨®n de revisiones preliminares;
- La remisi¨®n de casos prima facie de represalias a la Oficina de Servicios de Supervisi¨®n Interna (OSSI) para su investigaci¨®n;
- La recomendaci¨®n de medidas provisionales de protecci¨®n para los denunciantes durante una investigaci¨®n;
- La remisi¨®n de los reclamantes al Defensor del Pueblo u otros recursos informales de resoluci¨®n de conflictos o jefes de departamento/oficina por problemas de gesti¨®n, seg¨²n corresponda; y
- La recomendaci¨®n de medidas correctivas posteriores a la investigaci¨®n cuando se haya establecido un caso de represalia, y la sugerencia de referencias para considerar medidas disciplinarias, seg¨²n corresponda.
La Oficina de ?tica no recibe acusaciones de mala conducta o irregularidades. Los funcionarios deben informar a una de las siguientes oficinas de la ONU autorizadas para recibir quejas:
- La Oficina de Servicios de Supervisi¨®n Interna (OSSI);
- El "funcionario responsable" en su entidad seg¨²n se define en la Secci¨®n 2 de .
Bajo esta pol¨ªtica, todos los funcionarios, personas en pr¨¢cticas, Voluntarios de las Naciones Unidas y contratistas o consultores individuales est¨¢n protegidos contra represalias. Si cree que fue objeto de represalias porque denunci¨® mala conducta o irregularidades, o cooper¨® con una auditor¨ªa o investigaci¨®n, comun¨ªquese con la Oficina de ?tica. Para ello, complete el formulario de Protecci¨®n contra represalias de la Oficina de ?tica
.
Si la Oficina de ?tica determina que no existe un caso prima facie de represalia y aun as¨ª desea que el asunto se revise m¨¢s a fondo, debe solicitar una revisi¨®n al Presidente Suplente del Panel de ?tica de las Naciones Unidas dentro de los 30 d¨ªas posteriores a la notificaci¨®n.
Para cualquier pregunta, ³¦´Ç²Ô³Ù¨¢³¦³Ù±ð²Ô´Ç²õ
L¨ªnea de ayuda: o por correo electr¨®nico: ethicsoffice@un.org